De acuerdo a la Ley provincial 531, en Tierra del Fuego se hace público el registro de personas incumplidoras de la cuota alimentaria y que caen en situación de morosos.
En el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, figuran todos aquellos que adeuden total o parcialmente tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, siempre que entre la primera y la quinta no hayan transcurrido más de 24 meses ya sea por alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia firme.
En el año 2020, había en la provincia, 61 personas registradas, y ya en ese momento se había reflejado un incremento, que esta en ascenso año a año.
Cabe mencionar que, ee acuerdo a los 99 morosos, sólo 3 son mujeres.
Las sanciones
Entre las sanciones previstas en la ley 531, los deudores morosos de cuotas alimentarios quedan inhabilitados para actuar como proveedores o contratistas de todos los organismos del Estado provincial.
También quedan inhabilitados para la apertura de cuentas corrientes, otorgamientos de créditos o cualquier otro tipo de operación financiera o comercial en el Banco Provincia de Tierra del Fuego.
Aquellos que figuran en el REDAM quedan inhabilitados para su inscripción como postulantes a adoptantes. En esta caso, las autoridades de la Dirección de Minoridad y Familia serán responsables de requerir al postulante, la certificación de libre deuda.
Fuente: Tarde Pero Seguro