La condición para tener el beneficio de la pensión es no estar procesados o condenados por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, o sancionados por actos de incumplimiento de sus deberes durante la Guerra de Malvinas. Sin embargo, según expresaron desde CECIM y CEVECIM, miembros de las Fuerzas Armadas que formaron parte del aparato represivo que llevó adelante el genocidio durante la última dictadura, son beneficiarios de esta pensión.
“Hemos detectado que el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires no realiza ningún procedimiento de control sobre el otorgamiento y continuidad del beneficio otorgado. En la actualidad hay beneficios vigentes de militares condenados y procesados”, difundieron en un comunicado los excombatientes. Uno de los genocidas identificados es Daniel Eduardo Robelo(destacado en círculo en la fotografía), condenado por delitos de lesa humanidad, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos, homicidio calificado y asociación ilícita en perjuicio de 123 personas, en el marco del juicio “Base Naval III y IV″ de Mar del Plata.