Boletas de luz: cómo impactará el aumento según el nivel de ingresos
En lo que respecta a la energía eléctrica, se estableció que la tarifa para el usuario final deberá ajustarse en un 1,6%. Para alcanzar dicho incremento, se aplicarán las actualizaciones correspondientes en los costos de transporte y distribución de la energía eléctrica.
Tarifas de luz: cómo se aplican los subsidios
El esquema de subsidios estatales continúa aplicándose según la segmentación vigente de ingresos: el Nivel 1 (ingresos altos) abona el costo pleno de la electricidad y el gas, mientras que los usuarios de ingresos bajos (N2) y medios (N3) reciben bonificaciones sobre esos valores. Con los recientes ajustes, los descuentos serán del 65% para los hogares de Nivel 2 y del 50% para los de Nivel 3, lo que implica una reducción respecto a los porcentajes previos, que eran del 71,2% y 55,94% respectivamente.
Tal como se mencionó anteriormente, el incremento tarifario se compone de un 1,6% correspondiente al Costo Propio de Distribución (CPD) y un 2,5% derivado del costo del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, el CPD sufrirá un ajuste adicional del 4%. En consecuencia, la factura promedio antes de impuestos aumentará un 2% para los usuarios Residenciales de Nivel 1 (ingresos altos), un 12,3% para los de Nivel 2 (ingresos bajos) y un 8,4% para los de Nivel 3 (ingresos medios).
Para los usuarios residenciales R1 y R2 del Nivel 3 con consumos de hasta 400 kWh/mes, el costo será un 38% menor en comparación con los usuarios de Nivel 1 del mismo segmento. En tanto, los usuarios R1 y R2 del Nivel 2 abonarán un 49% menos que los de Nivel 1. Dentro de este último grupo, 815.000 usuarios de EDESUR S.A. representan el 35% de su base de clientes.
En cuanto a las bonificaciones, los usuarios de Nivel 2 recibirán un descuento del 65% sobre el precio fijado para el Nivel 1 en consumos de hasta 350 kWh/mes, mientras que los de Nivel 3 contarán con una reducción del 50% para consumos de hasta 250 kWh/mes. Cualquier excedente por encima de estos límites se cobrará al precio correspondiente al Nivel 1.
Por último, el ENRE establece que, a partir de las 00:00 horas del 1 de febrero de 2025, EDESUR S.A. deberá aplicar los valores actualizados por categoría y subcategoría del CPD. Además, la empresa deberá reflejar de manera destacada en las facturas el costo del MEM bajo la denominación «Costo del Mercado Eléctrico Mayorista» y detallar el monto del subsidio estatal como «Subsidio Estado Nacional», conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la resolución.