Respecto de la Ley Nacional N° 26075 de Financiamiento Educativo, Temari afirmó que «Se trata de un instrumento legal, una ley, aprobada por el Congreso de la Nación, que establece pautas de crecimiento del gasto en educación con criterios que, si bien fueron sobrecumplidos en lo cuantitativo, no pasó lo mismo en lo cualitativo, me parece que al menos constituía un buen inicio como punto de partida para diseñar, implementar y controlar su efectividad, de políticas públicas para educación. Obviamente con el cambio de gobierno en 2015 se ponía a prueba la capacidad de nuestras instituciones y de los actores políticos y sociales para exigir la vigencia de hecho y no sólo en palabras de la Ley, y sin lugar a dudas no se mostró dicha capacidad. Hoy tenemos que redefinir el marco normativo, no para modificarlo o derogarlo, sino para garantizar que aunque pasen los gobiernos, la educación y el financiamiento son objetivos primordiales».
En cuanto al calendario de 190 días de clase, Temari sostuvo que «En 2011, a través de la Resolución 165 del Consejo Federal de Educación que nuclea a los ministros del área de las 23 provincias y el distrito federal, se plasmó la incorporación de diez días más al calendario escolar. Sabemos que para garantizar el derecho a la educación y la igualdad de oportunidades tenemos que mejorar la infraestructura pero también la cantidad de días y horas de clase. Para eso entendemos que este tipo de Resoluciones son positivas pero no pueden quedarse como mera declaración de principios: debe haber una directriz de las autoridades que gobiernan el sistema educativo y ejecutar las acciones que tiendan a concretar estas expresiones de deseo. Nuevamente, no es lo que sucede y nos parece normal escuchar a gobernantes vanagloriarse de tener un calendario de 180 días que dicho sea de paso no se cumple. Y si por esas casualidades de la vida o de los cuadernos de actuación, se cumplieran los 180 días, estaríamos de todas maneras violando lo resuelto en la Resolución 165/11».
Por último, el líder de Generación para un Encuentro Nacional (GEN) sostuvo que «Nuestra Constitución Nacional habla de la función subsidiaria del Estado Nacional para con aquellas provincias de menores recursos. Para cumplir esta finalidad se torna imprescindible contar con parámetros y criterios de base que sirvan de punto de partida para el mejoramiento, de acuerdo a las particularidades de cada provincia pero siempre nivelando para arriba. En 2016 se realizaron paritarias a nivel nacional pero con limitaciones sostenidas por el propio gobierno nacional y sin definir cuestiones como el salario mínimo a partir del cual se debía negociar en cada distrito. Esto conllevó que se perdiera el principal dato de referencia al dejar librado al criterio de cada gobierno la política salarial, con lo que esto implica en materia de conflictividad sindical y su repercusión en menos días de clase. Tenemos que volver al Estado nivelador, al Estado que ejerza sus funciones subsidiarias. Tenemos que volver al Estado que piensa en la educación como nódulo central para el bienestar de los argentinos».