Específicamente, el convenio establecía lo siguiente:
Artículo Primero Objeto Venta de Gas Natural: “La Provincia” venderá y pondrá o hará que un tercero Productor ponga, a disposición de TFEQ; y TFEQ comprará, tomará y pagará, las cantidades de gas natural, en condiciones comerciales previstas en este convenio con destino al suministro de la planta de urea, de propiedad de la empresa, provenientes de regalías en especies, percibidas por la provincia de acuerdo a la facultad establecida en el artículo 60 y concordantes de la Ley Nacional N° 17.319, y de conformidad a los términos y condiciones aquí determinados.
Forma de Pago, Artículo Segundo:
Precio: El Precio se establece en Dólares Estadounidenses billetes, uno con Cincuenta más 20% (el porcentaje ofrecido por TFEyQ) el Millón de BTU (1,5 U$S + 20%/MMBtu).
El BTU es la unidad de medida para el gas natural en condiciones de venta a 15 grados centígrados con 9300 Kcal, es decir, gas procesado. En este sentido, es necesario mencionar que la moneda estadounidense, en el momento de la firma del convenio aquí mencionado, cotizaba a 3,25 Pesos por Dólar.
Ahora veamos cómo era la forma de pago:
Forma de Pago: Para el gas a consumirse en el período comprendido entre la fecha de la primera entrega y por un plazo de (12) meses, es decir el primer año, el precio total a pagar por la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DE METROS CUBICOS (453.000.000 m3) de gas natural, será de TREINTA MILLONES NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS DÓLARES ESTADOUNIDENSES, CON TREINTA Y UN CENTAVOS. (U$s 30.092.336, 31), que abonará por adelantado TFEyQ a LA PROVINCIA, dentro de los TREINTA (30) días de la notificación de la aprobación legislativa.
En el punto 2.2.2 de dicho convenio, se estableció lo siguiente: para el segundo año ofrecido de pago por adelantado, el valor de referencia será el que resulte del promedio aritmético de la base promedio de gas para el cálculo de regalías, que publica mensualmente la Secretaria de Hidrocarburos de la provincia del año anterior inmediato más el porcentaje ofrecido por TFEyQ, es decir el 20%. Si el valor de referencia del cálculo de la base promedio fuese inferior a U$S 1,80 por MMBTU, se tomará el valor de U$S 1,80.
De aquí se desprenden preguntas claves: ¿Cómo determinó la Secretaría de Hidrocarburos de la provincia a cargo del señor Omar Nogar, el valor de referencia para la venta de gas en especies, para industrializar? ¿Cuáles son los antecedentes para determinar el precio por MMBTU y los estudios correspondientes en la zona de Tierra del Fuego para certificar dicho precio? ¿Las reservas comprobadas de la provincia, eran suficientes para asegurar el abastecimiento de 1,3 MM m3 por día? ¿Cuáles son las empresas productoras comprometidas en la entrega del suministro de gas?
Es aquí que comienzan a aparecer un sinfín de interrogantes; preguntas de sentido común y que corresponden hacerse en función de dilucidar si los trámites administrativos realizados fueron los correctos, como también, cuáles son las responsabilidades del Estado provincial en las actuaciones que se llevaron adelante, y si no existe responsabilidad penal al respecto o incumplimientos de los deberes de funcionarios públicos de todos los involucrados en este verdadero escándalo.
La comisión negociadora a cargo del Ejecutivo de la provincia, la Secretaria de Hidrocarburos de la provincia, a cargo del mismo ministro que esta en funciones en la actualidad, funcionarios de segunda y tercera línea, comisiones legislativas, y todo el circulo de responsabilidades políticas y técnicas que estuvieron en las negociaciones, ¿no advirtieron irregularidades que describe el decreto emitido dando caducidad al convenio? La fiscalía de Estado, ¿cómo se pronunció al respecto? ¿Quién determinó el precio de venta de gas natural en precio fijado por contrato? Los legisladores, ¿no advirtieron las irregularidades detectadas por la administración Bertone, antes de aprobar el proyecto? ¿Existió la comisión de seguimiento de la inversión proyectada? Y dos preguntas, que creo son fundamentales, entre tantas otras, para esta etapa de la nota, ¿tenía la provincia el gas comprometido en el punto de entrega de la planta perteneciente a TFEyQ? ¿De dónde saldrían los volúmenes comprometidos?
Estos interrogantes sería interesante realizarlos en la justicia provincial, donde creo que debiera acudir el Ejecutivo provincial con el fin de deslindar, si cupiere, responsabilidad alguna. Si tomamos en consideración que detrás de TFEyQ, está nada más y nada menos, que el mismísimo Estado Chino. En consecuencia, estimo que, ante la pérdida de capital comprometido por una empresa que, como se suele hacer en este tipo de negocios, realizará un juicio internacional, de no encontrar una salida política conveniente, dados los intereses en pugna.
Ahora bien, ¿quiénes son y quiénes están detrás de la empresa TFEyQ? ¿Qué iban a construir? ¿Cuántos puestos de trabajo estaban proyectados? ¿Qué obras realizarían para el proyecto original?
Es realmente sorprendente que la provincia de Tierra del Fuego dilapide, una vez más, oportunidades de desarrollar un polo energético con alto valor agregado de los recursos naturales generando lamentables antecedentes como este, donde los vicios de la política y las sospechas de corrupción son “Vox populi” en la sociedad fueguina.
Dada la alerta, voy a seguir analizando en profundidad tanto el convenio chino, propiamente dicho, como así también el “Recurso de Reconsideración”, presentado por la empresa TFEyQ ante la justicia fueguina, simplemente para comprender la magnitud del escándalo que deja en el camino cerca de 1200 Millones de dólares de inversión, miles de puestos de trabajo, obras sin concretar y lo más lamentable, otro antecedente nefasto, como lo fue el puerto de Rio Grande o HiFuSA, por citar algunos.
El “Recurso de Reconsideración” es una instancia prevista en la Ley de Procedimientos administrativos, donde el supuesto damnificado puede solicitar la modificación, revocación, o impugnación de actos administrativos definitivos.
Por recomendación de la Secretaría Legal y Técnica que analizó y respondió cada punto del escrito presentado, la Gobernadora decidió rechazar el planteo de la empresa y además de intimarla a abonar la suma de u$s 4.903.246 correspondiente al segundo adelanto más intereses, y $274. 912. 279 en concepto de remanente de compensación por multas, dando comienzo a los plazos legales para realizar demandas judiciales que, seguramente no tardarán en llegar a la justicia fueguina.
Entonces, lejos de terminarse “El cuento Chino”, como muchos lo denominaron, no es mi opinión, me parece que recién comienza.
Para argumentar estas afirmaciones, es necesario comprender cómo funciona el circuito de actuaciones que se llevaron adelante, sin dejar de lado el componente político nacional e internacional que influyeron en las decisiones locales. De este modo, podremos tomar conciencia de la magnitud de lo que implica la decisión adoptada.
Para concluir este primer informe, veamos en qué consistía la inversión comprometida por TFEyQ en la zona norte de la provincia, más precisamente, en el área denominada “Las Violetas”, predio donde comenzó la construcción de la planta y la instalación de algunas viviendas para los obreros, que todavía permanecen allí.
Tierra del Fuego Energía y Química S.A es una empresa argentina, conformada por capitales chinos. Integra un “pool” de empresas de singulares dimensiones y enorme trascendencia en su país de origen, Shaanxi Carbón y Químico Industrial Group Co. Ltd., Shaanxi Xinyida Inversiones SRL y Jinduicheng Molybdenum Group Co. Ltd. Accionista perteneciente al Holding Shaanxi Metales no Ferrosos Co. Ltd.
El presupuesto original inicial de la empresa era de U$S 600.000.000,00 y con la proyección estimada, esa inversión aumentaría en función de los avances en las obras y trasportes logísticos de equipamiento, entre U$S 1.000.000,00 a U$S 1.200.000.000,00 de inversión directa en el polo industrial proyectado en el predio “Las violetas” en la planta de Urea, amoniaco y fertilizantes a partir del gas fueguino.
Simplemente a modo de tomar real dimensión de la envergadura del respaldo del pool que invertirá en Tierra del Fuego, es necesario decir que la firma Shaanxi Coal and Chemical Industry Group Co. Ltd. (Shaanxi Carbón), con sede en la ciudad de X´ian, la empresa, Tercera empresa de carbón de China, un Monstruo de la industria, ubicada en el puesto 158 de las empresas más influyentes del mercado chino.
Cabe destacar que por la particular conformación y monitoreo estatal de las grandes empresas en la República Popular China, también participa – ni más ni menos- que el propio Gobierno de la Provincia de Shaanxi, una provincia con la población similar a la de la República Argentina.
En el mismo momento que se comenzaron a detectar irregularidades y trabas al convenio firmado, los principales accionistas de la Empresa TFEyQ decidieron elevar un reclamo formal hacia el Estado argentino a través de China Export & Credits Insurance Corporation (SINOSURE) que es la Empresa Estatal China reaseguradora de todas las inversiones del país asiático en el exterior.
ES por ello que me atrevo a decir que el conflicto tiene componentes que hacen presumir, acciones legales del tipo internacional contra la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ante la caducidad del convenio por medio de un decreto emitido por la gobernadora Rosana Bertone, cuando los plazos y términos legislativos dieron el visto bueno para su ejecución y concreción.
Solo a modo de conclusión de esta primera parte, me resta simplemente reflexionar sobre el conjunto de decisiones políticas que se toman en función de la búsqueda de desarrollo de una matriz energética que genere divisas genuinas a partir de la industrialización de nuestros recursos naturales.
Los errores que se cometen en nombre del desarrollo, los procesos viciados de sospechas de corrupción en proyectos de esta naturaleza, son como mínimo, judiciadizables. Pero lo más preocupante, es sin dudarlo un instante, los antecedentes que podríamos presentarles a inversores extranjeros para seducirlos a traer sus capitales a la isla. Como dije antes, HiFuSA, El Puerto de Rio Grande, El Interconectado fueguino, o el convenio Chino, no generan otra cosa más que páginas oscuras en la historia política fueguina.