Se ordenó la inmediata libertad de Gómez, la cual se efectivizó luego de que labró el acta pertinente. El Tribunal dispuso además que el condenado cumpla con reglas de conducta por el lapso de tres años.
La lectura de los fundamentos de la decisión se llevará a cabo el próximo 27 de octubre a las 13 horas.
La Fiscal Verónica Marchisio, quien aseguró en los alegatos que las pruebas que lograron producirse en la etapa de instrucción y los testimonios que brindaron los testigos a lo largo de todo el proceso, fueron suficientes para comprobar la acusación efectuada, había solicitado la pena de tres años en suspenso por el delito de lesiones graves agravadas en contexto de violencia de género.
Por su parte, el abogado defensor, Mariano Sardi había peticionado a los jueces la absolución de Gómez al fundamentar que la reacción del mismo fue un mecanismo propio de su naturaleza impulsiva, y que nunca estuvo dirigida para causar daño, con lo que a su entender desaparece su culpabilidad.
El defensor había requerido que para el caso que el tribunal aplique alguna sanción, que sea bajo el fundamento de la falta de intencionalidad de causar daño con la pena minina prevista para las lesiones leves agradadas, y que la ejecución sea en suspenso.
El Tribunal de Juicio estuvo integrado por los jueces Juan José Varela en su carácter de Presidente; Daniel Ernesto Borrone y Eduardo López en las vocalías.