En una primera instancia el hecho ingreso a la Fiscalía de turno, a cargo del Doctor Nicolás Arias, bajo el procedimiento de Flagrancia (Ley Nº 792).
Luego de realizarse este martes 15 de agosto la audiencia única, el Fiscal dispuso declarar inaplicable el procedimiento de flagrancia. Acto seguido solicitó que la causa continúe el trámite ordinario a través del requerimiento de instrucción elevado al Juzgado de Instrucción Nº 2 del Distrito Judicial Sur.
Con el propósito de proteger a la víctima, con intervención del Juzgado de Familia se dispuso medidas proteccionales (Ley 1022): prohibición de acercamiento y de contacto con las víctimas en un radio de 200 metros, y por un plazo de 20 días, la exclusión de la vivienda sita en calle Fuegia Básquet Nª 1257 por el plazo de 10 días.
Asimismo, se le impuso al imputado la prohibición de realizar cualquier acto que implique hechos de intimidación, amenazas, violencia y/o perturbación para con las víctimas. Y en caso de incurrir en el incumplimiento de alguna de las medidas previamente citadas se ordenó la aplicación de una multa.
El ilícito se desencadenó producto de una escena de celos generada por parte del hombre a su pareja.