La calificación legal de la conducta que se le atribuye al imputado, encuentra adecuación típica en los postulados del art. 80 -incisos 1° y 11°- del Código Penal, esto es, homicidio doblemente agravado, por haber sido cometido contra una persona con quien mantenía una relación de pareja (homicidio agravado por el vínculo), y por tratarse, la víctima, de una mujer y el hecho fue perpetrado por un hombre mediando un contexto de violencia de género (femicidio).
El pasado 4 de enero el fiscal interviniente, Doctor Eduardo Tepedino, concretó la presentación formal, por lo que el Tribunal de Juicio en lo Criminal, una vez que finalice la feria judicial, deberá establecer la fecha en la que se celebrará el debate oral, el cual estará vedado al público.
Se imputa a Aldo Javier Núñez haber matado intencionalmente a Nilda Mabel Núñez, con quien mantuvo una relación de pareja fruto de la cual nació el pequeño I,.J.N de dos años edad en la actualidad.
Si bien no fue posible precisar la fecha y hora exacta de la ocurrencia del evento, si se logró determinar que el hecho sucedió, entre siete y veinte días, antes del día 02 de julio de 2016.
El episodio se originó en el interior del domicilio de la víctima, ubicado en Tolhuin; lugar en que Nilda residía junto al pequeño hijo que ambos tienen en común, y otro hijo de ella, de seis años de edad, el cual nació de una relación anterior.